¿Qué es la Ley Cholito?
La Ley Cholito es la normativa chilena que regula la “tenencia responsable de mascotas y animales de compañía". Entró en vigencia en 2017 y su reglamento se publicó en 2018.
Su objetivo principal es proteger el bienestar animal, promover que las personas cuiden adecuadamente a sus mascotas y regular responsabilidades — tanto del dueño hacia el animal, como hacia otras personas, la comunidad y el medio ambiente.
¿A quién aplica y qué animales considera?
Aplica a “mascotas o animales de compañía”: no se limita a perros o gatos, aunque estos son los más comunes.
Se entiende como tal todo animal que una persona mantenga para compañía, seguridad, exposición, como mascota, etc.
Objetivos y efectos: Bienestar animal, salud pública y regulación.
La Ley Cholito no solo protege a las mascotas; también tiene objetivos sociales y sanitarios, lo que tiene implicancias directas para el rubro de alimentos para mascotas:
Busca salud y bienestar animal, lo que implica que las mascotas deben ser bien alimentadas y cuidadas.
Contribuye a controlar la población de animales de compañía — a través de registro, microchip, esterilización — lo que ayuda a evitar sobrepoblación, abandono, proliferación de animales callejeros.
Protege seguridad pública y medio ambiente cuando regula riesgos vinculados a mascotas (ataques, agresividad, animales potencialmente peligrosos, contaminación por desechos, etc.).
Regula la venta, crianza y comercialización de mascotas: quienes venden o crían animales deben registrarse, cumplir requisitos mínimos de infraestructura, sanidad, buen trato, además de entregar orientación de cuidado a los nuevos dueños.
Responsabilidades legales.
La ley tipifica como delito el maltrato animal, definido no solo como daño físico, sino también como abandono, omisión de cuidados, privar de alimento/agua o de un ambiente digno.
Si un animal bajo tu responsabilidad causa daño a una persona o bien, tienes responsabilidad civil.
En centros de crianza, venta o mantención temporal (hoteles, refugios, criaderos, tiendas, clínicas veterinarias), se exige infraestructura adecuada: jaulas/caniles, espacio suficiente, agua y comida, condiciones sanitarias, registro formal, entre otros estándares.
Se prohíbe el sacrificio como método de control de población, la ley busca estrategias humanas como esterilización, reubicación o adopción.
Sanciones.
La Ley de Tenencia Responsable establece multas, sanciones administrativas y sanciones penales para quienes incumplen sus obligaciones respecto al cuidado y bienestar de sus mascotas.
A continuación, el detalle explicado en términos simples:
1. Multas por incumplimientos generales
Estas sanciones aplican cuando el tutor no cumple con las obligaciones básicas establecidas por la ley:
No registrar a la mascota, Multa: 0,1 a 1 UTM.
No implantar el microchip, Multa: 0,1 a 1 UTM.
No mantener condiciones adecuadas de higiene, alimentación y seguridad, Multa: 0,1 a 1 UTM.
No recoger heces en espacios públicos, Multa: 0,2 a 1 UTM.
2. Sanciones por animales potencialmente peligrosos
Quienes tengan razas clasificadas como potencialmente peligrosas deben cumplir reglas especiales (arnés, bozal, registro, manejo responsable).
Si incumplen:
Multa: 1 a 30 UTM dependiendo de la gravedad.
Posible retiro temporal o definitivo del animal, según evaluación municipal o judicial.
3. Sanciones por abandono
El abandono es considerado un tipo de maltrato.
Multa: 2 a 30 UTM.
Puede incluir inhabilitación temporal para tener mascotas.
En casos muy graves, si hay intención o daño severo, puede activarse responsabilidad penal por maltrato animal.
4. Maltrato o crueldad animal (delito penal)
Este es el punto más severo.
El maltrato y la crueldad animal son delitos en Chile, sancionados bajo el Código Penal.
Sanciones penales:
-
- Presidio menor: 61 días a 3 años.
- Multa adicional: 2 a 30 UTM.
- Inhabilitación para tener o convivir con animales: determinada por el tribunal.
Incluye acciones como:
golpear, herir, torturar, matar, descuidar gravemente, privar de alimento o agua, o mantener en condiciones indignas.
5. Reproducción irresponsable o crianzas no autorizadas
Multa: 1 a 30 UTM
Si se crían, reproducen o comercializan animales sin cumplir obligaciones de registro, infraestructura o controles sanitarios.
6. Adiestramiento para agresividad y peleas de animales
Totalmente prohibido por la ley.
Multa: 2 a 30 UTM.
Responsabilidad penal si hay daño o muerte.
En casos de organización de peleas:
Cárcel (presidio menor).
Multas elevadas.
Clausura del local.
7. Retiro del animal y medidas accesorias
Las autoridades (municipio, autoridad sanitaria o tribunal) pueden ordenar:
-
- Retiro temporal o definitivo del animal.
- Tratamiento veterinario obligatorio.
- Supervisión municipal.
- Inhabilidad para poseer mascotas por un tiempo definido.